LIQUIDACIÓN DE VACACIONES
laborado un año tiene derecho a 15 días hábiles
de vacaciones remuneradas, y se entiende
que si no se ha laborado el año completo, igual se pagan las vacaciones en proporción al
tiempo laborado.
La situación es sencilla. Si se trata de un salario fijo, las vacaciones se pagarán de acuerdo
Si el salario es variable, se promedia el salario devengado en el último año, o si el tiempo
al sueldo que el trabajador esté devengando el día en que salga a disfrutar de las
vacaciones, así se haya incrementado unos días antes.
laborado es inferior a un año, se promedia el tiempo que el trabajador lleve vinculado con la
empresa, ya sean 6 meses o 10 meses, etc.
FORMULA: salario mensual básico *días trabajados
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Articulo:186
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